miércoles, 29 de mayo de 2013

PREFERENTES BANKIA: UNA MAESTRA CON DOS C... Y POR TRES MIL €, DERROTA A BANKIA.

Otra que acaba de caer a nuestro favor. Otro granito de arena, para levantar la pirámide justiciera. Aunque BANKIA, la ladrona, mande notas a la prensa, jugando contra la gente, contra la verdad y contra la decencia.

El presente pleito viene a demostrar la bajeza ruin de quienes prefieren pleitear hasta por tres mil euros. ¡¡Que honra y que huevos, los de la maestra, defendiendo lo que es suyo!!. ¡¡¡A por ellos, a por los felones, los canallas, los HDLGP, si se los dejan se apropian de España entera!!!. ¡¡¡¡Vaya enseñanza ejemplar que impartirá esta heroína obligada!!!! ¡¡¡¡QUE INDIVIDUOS MAS BUENOS ESTAS HACIENDO PARA LA SOCIEDAD, CON TUS EJEMPLOS!!!!

¡¡¡¡  E  N  H  O  R  A  B  U  E  N  A !!!!.

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Un juzgado de Valencia condena a Bankia a devolver a una maestra los 3.000 euros que invirtió en preferentes

Señala que dadas las condiciones de la mujer "ni siquiera" tendría que habérselo ofrecido

   VALENCIA, 28 May. (EUROPA PRESS) -
   El juzgado de primera instancia de número 1 de Valencia ha condenado a Bankia a devolver a una maestra de 53 años los 3.000 euros que invirtió en participaciones preferentes ya que se trata de un producto financiero complejo que por la "edad, formación y perfil económico modesto" de la cliente, la entidad "ni siquiera tendría que habérselo ofrecido" o "le tendría que haber aconsejado que no le convenía a sus intereses".
   De hecho, el juez concluye que si se le hubiera informado "correctamente" de las características de este producto la mujer "no lo habría contratado" ya que la demandante "no tiene conocimientos financieros ni experiencia en inversiones de alto riesgo", según figura en la sentencia facilitada por AVACU, de la que la mujer es socia.
   La contratación se produjo, según el abogado de la afectada, en octubre de 2005 después de que el director de la oficina en la que tenía contratada la hipoteca le aconsejó poner su dinero en un producto "garantizado que, siendo igual de seguro que plazo fijo, le ofrece algo más de interés, pudiendo recuperar su dinero en un par de días si lo necesita". Con esta información, la mujer aceptó poner en las preferentes 3.000 euros.
   Así, se señala que "simplemente" leyó en 'Clase de Valor' las siglas 'PPF. BEF', sin que se le hiciera entrega de ningún otro documento. Durante años, recibe en su domicilio la liquidación trimestral de intereses sin observar incorrección hasta que hace aproximadamente un año, la maestra se enteró de que una amiga había querido sacar su dinero de Bankia y no pudo por tenerlo en "obligaciones subordinadas".
   En marzo de 2012, Bankia le ofreció cambiar las preferentes por  acciones de la entidad y aunque la requirieron "insistentemente" para que aceptase la mujer se negó. El letrado argumentaba que gracias a las gestiones de AVACU consiguió finalmente obtener la documentación que "ya habla claramente de participaciones preferentes y de riesgos asociados al producto, contrato que no se le entregó en 2005".
   Sin embargo, Bankia se opuso a la denuncia alegando, además de cuestiones técnicas, que la normativa MIFID no estaba vigente cuando se contrató el producto financiero y en cuanto al perfil de la cliente, sostenía que "estaba acostumbrada a negociar en mercados secundarios, y comprendió y sabía lo que estaba firmando". Por tanto, concluye que "no se produjo error invalidante con el consentimiento" y que "además ha estado percibiendo intereses desde 2005".

SIN INFORMACIÓN PREVIA

   El juez, sin embargo, considera que Bankia no ha aportado "ninguna prueba" para "demostrar que dio una información correcta" a la demandante del producto financiero ya que "no consta que se le entregara con carácter previo al contrato algún folleto o que por los responsables de la entidad bancaria le explicaran los riesgos del producto financiero".
   Es más, señala que no queda probado que se "le diera una información clara, correcta, precisa, suficiente y entregada a tiempo para evitar su incorrecta interpretación haciendo hincapié en los riesgos que cada operación conlleva" que permitieran a la mujer "tomar decisiones fundadas sobre sus inversiones".
   Por todo ello, declara la nulidad de pleno derecho de los contratos de suscripción de participaciones preferentes y ordena la devolución de la suma reclamada de 3.000 euros.

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